Nulidad administrativa con respecto al registro de una marca

Nulidad administrativa con respecto al registro de una marca

La nulidad y caducidad administrativa son dos conceptos muy importantes con respecto al registro de marcas y nombres comerciales. Ambos términos hacen referencia a aquellas situaciones que pueden producirse y por las que el registro de marca puede dejar de tener validez.

En este post abarcaremos qué es la nulidad administrativa, en qué consiste y en qué situaciones puede solicitarse.

De forma resumida, te contaremos que la nulidad administrativa de una marca se produce cuando se considera que su registro es inválido. Es decir, que la marca nunca debió haber sido concedida por no cumplir con determinados requisitos legales. Más adelante te contaremos algunos de estos requisitos.

Este concepto es fundamental para garantizar la protección de las marcas y que únicamente las marcas válidas y en uso conserven sus derechos.

A continuación, te explicaremos con más detalle en qué consiste la nulidad administrativa:

Nulidad administrativa de una marca: Nulidad absoluta y nulidad relativa

La nulidad administrativa de una marca se produce cuando su registro se considera inválido desde que tuvo lugar. Es decir, se estima que su registro nunca debió producirse.

La nulidad administrativa puede solicitarla cualquier persona o la autoridad competente. Para hacerlo deberá demostrar que la marca no cumple con aspectos fundamentales o los requisitos legales fundamentales para su registro.

Algunos de los principales motivos para solicitar La nulidad administrativa de una marca son los siguientes:

  • La marca no es lo suficientemente distintiva para los productos o servicios de una empresa.
  • La marca es idéntica o muy similar a otra marca que existía con anterioridad para productos o servicios similares.
  • La marca no ha sido utilizada durante un período de tiempo tras su registro.

Además, podemos diferenciar entre nulidad absoluta y nulidad relativa. ¡Te contamos más sobre cada uno de ellos!

Nulidad absoluta y relativa

Con respecto a la nulidad de una marca, podemos diferenciar entre nulidad absoluta y nulidad relativa. Ambos conceptos cuentan con algunas diferencias entre sí que te explicaremos a continuación.

Nulidad Absoluta: La nulidad absoluta hace referencia a invalidar completamente y de forma permanente una marca. Como hemos dicho antes, esto implica que su registro nunca debió producirse porque no cumple determinados requisitos fundamentales para su registro. Por ejemplo, porque sea difícil de diferenciar los productos o servicios de otras marcas. También por tratarse de una marca basada en términos que no pueden ser registrados o por ser similar a un símbolo o insignia de interés público ya existente.

Nulidad Relativa: La nulidad relativa hace referencia a la anulación del registro de una marca porque existan conflictos con respecto a derechos de terceros.

Aunque esta haya sido aparentemente registrada con éxito, su validez puede verse afectada por derechos anteriores de terceros. La marca puede considerarse, en este caso, inválida solo en relación a ciertos productos o servicios.

¿En qué casos se puede solicitar la nulidad de una marca o nombre comercial?

A continuación, te contaremos algunos de los casos en los que puede solicitarse la nulidad de una marca o nombre comercial en España. Para ello habrá que presentar argumentos que demuestren que el registro de dicha marca no cumple los requisitos.

Algunos de los casos en los que se puede solicitar la nulidad de una marca son los siguientes:

  • La marca o nombre comercial no es distintivo para los productos o servicios que abarca. Esta debe ser fácilmente de diferenciar de otras marcas.
  • La marca no posee un carácter distintivo.
  • La marca es idéntica o similar a otra marca ya existente para productos o servicios similares, por lo que podría causar confusión.
  • Si la marca no está siendo utilizada durante un período continuado de cinco años desde su registro.
  • Si la marca viola los derechos previos de terceros. Por ejemplo, derechos de autor.

La nulidad administrativa de una marca debe solicitarse la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Para presentar dicha solicitud también será imprescindible aportar las pruebas oportunas que apoyen esta solicitud.

Para ello es importante contar con una empresa especializada en la materia como Legismark. Nuestro equipo de profesionales te guiará durante todo el proceso en caso de querer solicitar la nulidad administrativa de una marca o nombre comercial.

Si necesitas más información sobre nulidad administrativa contacta con nosotros y estaremos encantados de informarte y ayudarte en el proceso.

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